REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 12 de Enero de dos mil cuatro (2004)
193° y 144°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: 00036/03
PARTE ACTORA: SÁNCHEZ ROJAS JOSE ELIAS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: REBECA ALBARRACIN
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS REHUPOCA, C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO Y DAÑOS Y PERJUICIOS
Hoy, lunes, doce (12) de Enero de 2004, siendo las diez (10:00 a.m) horas de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar el acto de la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: SÁNCHEZ ROJAS JOSE ELIAS, WLADIMIR ORTEGA, REBECA ALBARRACIN, ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR, en su condición de demandante, Apoderados Judiciales de la parte demandante y representante legal de la demandada respectivamente. Celebrada la Audiencia, las partes han llegado a los siguientes acuerdos, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: PRIMERO: Se deja constancia de que la parte demandante, recibe de la demandada, en este mismo acto los pagos a que hacen referencia los puntos segundo y tercero del acta de Audiencia Preliminar levantada en fecha 22 de Diciembre del año 2003, mediante cheque Nº 72-53720026 del Banco Exterior, Cuenta Corriente Nº 0115-0053-66-0530062643, por la cantidad de Bolívares DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUANTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CATORCE CON TRES CENTIMOS (Bs. 2.554.614,03). SEGUNDO: El abogado de la parte demandada se compromete a comparecer conjuntamente con un Representante Legal de la demandada debidamente acreditado, en la próxima oportunidad que sea fijada la continuación de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal, vistos los acuerdo que han surgido de esta mediación, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, los HOMOLOGA, y por cuanto han quedado pendiente otros aspectos que discutir, las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el segundo día hábil siguiente, contado a partir de esta fecha a las 09:00 a.m., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Igualmente se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes quedan en custodia de este Tribunal.
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
SÁNCHEZ ROJAS JOSE ELIAS
REBECA ALBARRACIN
WLADIMIR ORTEGA
ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR
LA SECRETARIA,
ABG. MILKARY DA SILVA
Exp. No. 00036/03
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