REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACION MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 28 de Enero de 2003
Años 193º y 144º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: 00026
PARTE ACTORA: TORMETT CARMEN, RADA LUIS, AULAR MAGDALENA, SÁNCHEZ JOSE, RODRÍGUEZ PEDRO y LOPEZ LUIS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 6.468.507, 9.993.982, 6.479.647, 5.572.019, 6.800.287 y 15.045.578.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ERNESTO TORRES MARQUEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N º 67.133.
PARTE DEMANDADA: PIZZI, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUILLERMO BOGGIANO CORONA, JOSE JOAQUIN BOGGIANO BARRETO y ZORAIDA MARINA MOULEDOUS, abogados en ejercicios e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 5.703, 9.960 y 22.141, respectivamente.
MOTIVO: COBRO PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy veintiocho (28), siendo las tres y quince de la tarde (3:15 p.m.), comparecen por ante el Circuito Judicial del Trabajo, los ciudadanos TORMETT CARMEN, RADA LUIS, AULAR MAGDALENA, SÁNCHEZ JOSE, RODRÍGUEZ PEDRO, LOPEZ LUIS, ERNESTO TORRES MARQUEZ, JOSE JOAQUIN BOGGIANO BARRETO y ZORAIDA MARINA MOULEDOUS, todos plenamente identificados en autos; comparecen conjuntamente por ante este Tribunal, a los fines de realizar en esta Transacción Laboral acordada por ellos, la cancelación de las prestaciones sociales que le corresponden a la parte actora así como el desistimiento de la acción y el procedimiento. En este estado se deja constancia que el escrito de transacción contiene manifestación de desistimiento de todos y cada uno de los demandantes de la acción y del procedimiento incoado en contra de la ciudadana ANA MARIA PIZZI, codemandada en el presente juicio. En tal sentido este Tribunal acuerda HOMOLOGAR el desistimiento antes indicado de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, al igual que el desistimiento formulado por el apoderado de la ciudadana YADIRA ESPINOZA, portadora de la cédula de identidad Nro. 4. 117. 177. Así mismo, se deja constancia que cada uno de los trabajadores mencionados supra recibieron en este acto los pagos correspondientes de conformidad con el escrito transaccional y visto que la Transacción presentada no vulnera derechos de los trabajadores ni normas de orden público, este Juzgado HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada, razón por la cual se ordena el archivo del presente expediente. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ.
LAS PARTES COMPARECIENTES,
PARTE ACTORA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
MARIA GUTIERREZ.
Exp. Nº 00025
Cobro Prestaciones Sociales
JGG/CR/Pierina.
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