Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario
Circunscripción Judicial del Estado Táchira

Funcionaria inhibida: Gladys Cañas Serrano, Juez Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial
Motivo: Inhibición fundamentada en la causal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil Incidencia surgida en el juicio seguido por La Sociedad Mercantil Julieta, C.A contra Paula Altamira Sánchez por deslinde.
En el juicio seguido por deslinde sigue la Sociedad Mercantil Julieta, C.A contra Paula Altamira Sánchez por deslinde, la Juez Provisorio Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante acta de fecha 18 de febrero de 2004, se inhibe de continuar conociendo de la causa con fundamento en la causal señalada en el ordina 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por haber manifestado enemistad con el coapoderado judicial de la parte accionante, abogado Miguel Angel Paz Ramírez, en virtud de los hechos acaecidos el día 4 de noviembre de 2003, según consta en acta N° 16 de la misma fecha, corriente a los folios 14 y 15 y en decreto de fecha 5 de noviembre de 2003, corriente a los folios 16 al 20 de los autos (f.1). Vencido el lapso de allanamiento el 18 de febrero de 2004 (f.2), se remite el expediente al Juzgado distribuidor de Primera Instancia y copia certificada de las actas relativas a la incidencia, al Juzgado Superior Distribuidor, recibidas en esta alzada, previa distribución, según consta en auto del 25 de febrero 2004 (f. 27), en el que se ordena formar expediente.
El Tribunal para decidir observa:
La materia deferida al conocimiento de este Tribunal Superior trata de la inhibición de la Abogado Gladys Cañas Serrano, Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para continuar conociendo del juicio seguido por la Sociedad Mercantil Julieta, C.A. contra Paula Altamira Sánchez por deslinde, por considerar que se encuentra incursa en la causal 18º, del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, o sea, por cuanto en la causa actúa como coapoderado judicial de la parte demandante, el abogado Miguel Ángel Paz Ramírez, es decir, existe enemistad entre el funcionario y el litigante, demostrado por hechos que sanamente apreciados hagan sospechable la imparcialidad del recusado .
El artículo 84 del Código de Procedimiento Civil establece que la forma de inhibirse el funcionario judicial es mediante un acta, en la que exprese los fundamentos que son motivo del impedimento para seguir conociendo, es decir, la incidencia de inhibición nace con la declaración escrita del funcionario judicial, en cualquier estado de la causa, de abstenerse voluntariamente de continuar conociendo del juicio. Por otra parte, en nuestro sistema procesal, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece cual es el funcionario competente para conocer la incidencia de inhibición y en el caso de tribunales unipersonales, lo instituye el artículo 48 de la citada ley.
En este orden de ideas, este Juzgado Superior considera procedente tener como cierta la afirmación del funcionario inhibido, contenida mediante acta de fecha 12 de febrero de 2004, para continuar conociendo del juicio seguido por la Sociedad Mercantil Julieta.C.A. contra Paula Altamira Sánchez por deslinde, por encontrarse incursa en la causal 18, el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por lo que considera procedente declarar con lugar la inhibición propuesta por la abogada Gladys Cañas Serrano , Juez Provisora del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo del fallo. Así se resuelve..
Por las razones anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
Primero: Declara con lugar la inhibición propuesta por la Abogado Gladys Cañas Serrano, Juez Provisorio Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, contenida en acta de fecha 12 de febrero de 2004, para continuar conociendo del juicio seguido por la Sociedad Mercantil Julieta, C.A contra Paula Altamira Sánchez por deslinde.
Segundo: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los Juzgados Primero, Segundo y Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada, de conformidad con lo establecido el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y en su oportunidad legal, archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada por la Secretaría en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el Edificio Nacional de la ciudad de San Cristóbal, a los 26 días del mes de febrero de 2004. Años: 193º de la Independencia y 145º de la Federación.
La Juez Titular,

Carmen Elvigia Porras Escalante

La Secretaria,


Bilma Carrillo Moreno
En la misma fecha, a la una y treinta minutos de tarde (1.30 p.m) siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), se publicó la anterior decisión y se dejó copia fotostática certificada de la misma para el archivo del Tribunal.

Chmdep
Exp. Nº 5368