En consecuencia, con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: decreta la privación judicial preventiva de libertad de la ciudadana Jennifer Carolina Diprietro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numerales 2°, 3° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incursa en la perpetración de los delitos de Homicidio Intencional Calificado y Homicidio Intencional Calificado en Grado de Frustración, previstos en los artículos 408, ordinal 1° y 408, ordinal 1° en relación con el 80 respectivamente del Código Penal; Segundo: Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario en el presente asunto, conforme lo establecido en los artículo 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
Diarícese, publíquese y regístrese el presente auto fundado.
El Juez,

Juan Fernando Contreras C. El Secretario,
Abg. Ramón Martínez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,