REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE CONTROL

Macuto, 17 de febrero de 2004
193° y 144°

ASUNTO PRINCIPAL :WJ01-P-2002-000083
ASUNTO ANTIGUO :2C-678-02

Imputado: YOMEL JESUS CHINEA WILLIAMS

Defensa: Ana Cecilia Millán

Delitos: Lesiones Graves Culposas, previsto sancionado en los artículos 417 en concordancia con el 422 del Código Penal.

Representante del Ministerio Público: Humberto Rodríguez, Fiscal Auxiliar 6° del EstadoVargas

Comenzó el presente proceso en contra del ciudadano YOMEL JESUS CHINEA WILLIAMS, de nacionalidad venezolana, natural de Güiria, estado Sucre, nacido en fecha 10/08/1956, de 47 años de edad, de profesión u oficio conductor, de estado civil casado, residenciado en Catia La Mar, Casa N° 33, Avenida Carlos Soublette del Estado Vargas e identificado con cédula de identidad N° 5.098.041;
La Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, acusó al mencionado e identificado ciudadano en fecha 09/12/2003, por la comisión del delito de Lesiones Graves Culposas, previsto sancionado en los artículos 417 en concordancia con el 422 del Código Penal. Por auto del 15/10/2002, fue fijada la Audiencia Preliminar para el 25/10/2002. Luego de varios diferimientos, el día martes 03/02/2004 se realizó dicho acto, donde fue desestimada la acusación fiscal y dictado el Sobreseimiento de la Presente Causa seguida al ciudadano YOMEL JESUS CHINEA WILLIAMS, a tenor de lo dispuesto en los artículos 318, numeral 4°, 319 y 321 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberlo solicitado la defensa y por cuanto en criterio de este operador judicial, no existen bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Es decir, del análisis de las actas que forman parte del expediente, así como de las pruebas aportadas por la representación fiscal, si bien pudieran constituir la perpetración de un hecho punible como lo sería el Lesiones Graves Culposas, no se evidencia la existencia fundamentos que determinen la responsabilidad del imputado en los hechos imputados por la fiscalía, ni la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación;
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 318 en concordancia con los artículos 319 y 321 del Código Orgánico Procesal Penal, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano YOMEL JESUS CHINEA WILLIAMS, antes identificado, por la comisión del delito de Lesiones Graves Culposas, previsto sancionado en los artículos 417 en concordancia con el 422 del Código Penal y lo declara libre de toda responsabilidad penal en cuanto a los hechos que originaron la presente causa;
En consecuencia, se declara Con Lugar la solicitud de la defensa del mencionado ciudadano. Y Así se Decide. Regístrese, publíquese, déjese copia y remítase al Tribunal de Ejecución de Sentencias de este Circuito Judicial Penal, una vez trascurrido el lapso correspondiente, y de quedar firme la presente decisión.
En Maiquetía, Estado Vargas, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil cuatro (2004). Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
El Juez,

Juan Fernando Contreras Castillo

El Secretario,

Abg. Ramón Martínez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la anterior sentencia.
El Secretario,