DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos LUIS RAMON PEREZ SALAZAR, y DEIVI JOSE ULPINO VEROES, de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y así mismo se ordena la aplicación del procedimiento abreviado por flagrancia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 373 en concordancia con el artículo 248 ambos del citado texto adjetivo penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia y líbrese la correspondiente boleta de encarcelación al Internado Judicial de Los Teques.
LA JUEZ,
ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ

LA SECRETARIA,

ABG. FREYSELA GARCIA

Causa WP01-S-2004-003328