REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 27 de febrero de 2004.
Años 193° y 144°
Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos MERENTES MORALES EDIER y MARIA JOSE FERNANDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.267.486 y V-15.545.981, respectivamente, padres de la niña ANDREA MARIAM MERENTES PEREZ, de tres (03) años de edad, quienes en forma voluntaria llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: Un fin de semana alterno: el padre recogerá en el hogar materno a la niña ANDREA MARIAM MERENTES PEREZ, el día sábado a las 11:00 a.m y la reintegrara los días domingo a las 5:00 pm.
SEGUNDO: El otro sábado la recogerá a las 10:00 am y la reintegrara a las 5:00 pm.
TERCERO: Los días 25 de diciembre y 01 de enero el padre la recogerá a las 10:00 am y la regresará a las 5:00 pm. Asimismo, solicitan a este Tribunal se homologue el presente convenimiento. En consecuencia, esta Sala de Juicio del Tribunal del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley acuerda impartir su debida HOMOLOGACION, todo de conformidad con lo pautado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguese a las partes interesadas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo
112 del Código Civil. Asimismo se ordena, el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. ANGEL PEREZ BARRIENTOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 1 LA SECRETARIA (acc),
LISSETT PEREZ BOLIVAR
Seguidamente y en la misma fecha, se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA (acc),
LISSETTE PEREZ BOLIVAR
EXP. A-3409
Régimen de Visitas
APB/LP/thamara