REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, 17 de Febrero de dos mil cuatro (2004)
193° y 144°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: WH11-L-2003-000048 (00059)
PARTE ACTORA: BAPTISTA RICHARD ALEXANDER
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE NAVARRO ADEYAN
PARTE DEMANDADA: U.C.A.M.C, SERVICIOS DE TRANSPORTE, C. A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CEREZO VILERA LEYDA y RODRÍGUEZ CEREZO LIZET
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, martes, diez y siete (17) de Febrero de 2004, siendo las dos (02:00 p.m) horas de la tarde, día y hora fijado para que tenga lugar el acto de la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: BAPTISTA RICHARD ALEXANDER, JOSE NAVARRO ADEYAN, CEREZO VILERA LEYDA y RODRÍGUEZ CEREZO LIZET, plenamente identificados en autos. Celebrada la Audiencia, las partes han llegado a los siguientes acuerdos, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos: PRIMERO: El demandante manifiesta en este acto, que desiste del procedimiento y de la acción intentada por concepto de las indemnizaciones previstas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo. La parte demandada acepta tal desistimiento. SEGUNDO: La parte demandada conviene en cancelarle al trabajador la cantidad de bolívares UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NUEVE CON TRECE CENTIMOS (Bs. 1.688.009,13) por concepto de Bonificación Especial. TERCERO: La parte demandada dando cumplimiento a lo establecido en el punto segundo del Acta de Audiencia Preliminar de fecha nueve (09) de Febrero del presente año, especifica la forma de pago pactada tanto en el punto primero de dicha Acta, como en el punto segundo de la presente. Las cantidades señaladas ascienden a la suma de bolívares CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL (Bs. 5.600.000,00) y serán canceladas de la siguiente forma: ----------------------------------
FECHA: CANTIDAD:
20-02-2004 Bs. 4.000.000,00 ------------------------------------------------------------------------------
17-03-2004 Bs. 800.000,00 ---------------------------------------------------------------------------------
30-04-2004 Bs. 800.000,00 ---------------------------------------------------------------------------------
Todos los pagos anteriormente señalados deberán ser consignados por ante este Circuito Judicial del Trabajo. CUARTO: Este Tribunal, vistos los acuerdo que han surgido de esta mediación, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, los HOMOLOGA, las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el tercer (3º) día hábil siguiente, contado a partir de esta fecha a las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES,

BAPTISTA RICHARD ALEXANDER,

JOSE NAVARRO ADEYAN

CEREZO VILERA LEYDA

RODRÍGUEZ CEREZO LIZET


LA SECRETARIA,

ABG. MILKARY DA SILVA
Exp. No. WH11-L-2003-000048 (00059)