REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 20 de Febrero de dos mil cuatro (2004)
193° y 145°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: WH11-L-2003-000048 (00059)
PARTE ACTORA: BAPTISTA RICHARD ALEXANDER
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE NAVARRO ADEYAN
PARTE DEMANDADA: U.C.A.M.C, SERVICIOS DE TRANSPORTE, C. A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CEREZO VILERA LEYDA y RODRÍGUEZ CEREZO LIZET
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, viernes veinte (20) de Febrero de 2004, siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el acto de la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: BAPTISTA RICHARD ALEXANDER, JOSE NAVARRO ADEYAN, CEREZO VILERA LEYDA y RODRÍGUEZ CEREZO LIZET, plenamente identificados en autos. Celebrada la continuación de la Audiencia, se desarrolló en los siguientes términos: PRIMERO: El demandante BAPTISTA RICHARD ALEXANDER, recibe de la representación de la empresa demandada, cheque de gerencia No. 58004413, del Banco Federal cuenta No. 0133-0025-94-2000046464, Agencia Aeropuerto, por la cantidad de Bolívares Cuatro Millones sin céntimos (Bs. 4.000.000,00), dando así cumplimiento al acuerdo establecido en el punto TERCERO del acta de Audiencia Preliminar de fecha 17/02/2004. SEGUNDO: Quedan pendientes dos (2) pagos de Bolívares ochocientos mil sin céntimos (Bs. 800.000,00) cada uno, pactados para las fecha 17/03/04 el primero y 30/04/2004 el segundo, los cuales serán hechos puntualmente, con cheque de gerencia, a través de la Oficina Receptora de Documentos de éste Circuito Judicial del Trabajo, tal como se estableció en el punto TERCERO del acta de Audiencia Preliminar de fecha 17/02/2004. TERCERO: La parte demandante aceptó el pago realizado, dejando constancia que no tiene mas nada que reclamar a la demandada por concepto de Prestaciones Sociales, ni por algún otro beneficio derivado de la relación laboral que les unió. CUARTO: Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas en este mismo acto. QUINTO: Las partes conjuntamente con la Juez, acuerdan que el archivo del presente expediente, se realizará el tercer día de Despacho, posterior al que conste en autos el último de los pagos. SEXTO: Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,

BAPTISTA RICHARD ALEXANDER,

JOSE NAVARRO ADEYAN

CEREZO VILERA LEYDA

RODRÍGUEZ CEREZO LIZET
LA SECRETARIA,

ABG. MILKARY DA SILVA
Exp. No. WH11-L-2003-000048 (00059)