PODER JUDICIAL
 
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Vargas
 
 
Macuto, 6  de Julio  de 2004
 
193º y 144º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: WP01-S-2004-0012684
 
ASUNTO 			         : WP01-S-2004-0012684
 
 
 IDENTIFICACION DE LAS PARTES
 
JUEZ: DRA. OLINTO ANTONIO RAMIREZ E.
 
FISCAL: Humberto Rodríguez Alemán
 
SECRETARIA: LENIN DEL GUIDICE
 
IMPUTADO (S): HAKAN EGILMEZ
 
DEFENSOR (A): Dr. Simón Pacheco
 
INTERPRETE DEL IDIOMA INGLES WILLIAM GARCIA.
 
 
AUTO DE FUNDAMENTACION DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL                              PRIVATIVA DE LIBERTAD
 
 
III
 
DISPOSITIVA
 
 
 
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
 
Primero: ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por el Dr. HUBERTO RODRIGUEZ ALEMAN, en su condición de Fiscal Sexto  Auxiliar del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de. EGILMEZ HAKAN.
 
Segundo: DECRETA la privación judicial preventiva de libertad del   imputado EGILMEZ HAKAN. , ya identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con los ordinales 1°, 2° y 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera detenida el 5/07/04, por funcionarios adscritos   al Comando de la Guardia Nacional Unidad Especial Antidroga  de Maiquetía del Estado Vargas. 
 
Tercero: ACUERDA la aplicación del procedimiento especial abreviado por flagrancia, de conformidad con lo establecido en los artículos 248, 372 ordinal 1° y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual se ordena la remisión inmediata de las presentes actuaciones en su estado original al Juez Unipersonal de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
 
Cuarto: Se asigna como Centro de Reclusión, el  INTERNADO JUDICIAL  DE LOS TEQUES con  sede en  Los Teques, Estado Miranda, en el cual quedará recluido  el  imputado a la orden del Juez Unipersonal de Juicio correspondiente.
 
 
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión. 
 
 
	En Macuto, a los  Seis   (6) días del mes de Julio del año dos mil cuatro (2004).
 
EL JUEZ DE CONTROL,
 
 
DR. OLINTO ANTONIO RAMIREZ ESCALANTE
 
EL SECRETARIO,
 
 
ABG. LENIN DEL GIUDICE
 
 
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