REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE JUICIO


Macuto, 16 de julio de 2004
194º y 144º


Vista la solicitud formulada por el Dr. Luis Berbesi, inserta al folio 29, en su carácter de defensor del imputado Franklin José Mayora Serrano, mediante el cual solicita se revise la medida cautelar sustitutiva otorgada por el Juzgado Tercero de Control del Estado Vargas, de conformidad con el artículo el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el mismo carece de familiares o amigos que devenguen un ingreso mensual de 20 unidades tributarias a los fines de constituirse en fiadores.

Este Tribunal antes de decidir, previamente observa y considera.
I

El Juzgado Tercero de Control del Estado Vargas, en fecha 01-06-2004, le otorgó al acusado Franklin José Mayora Serrano, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256, ordinales 3, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, sin embargo hasta la presente fecha no ha podido cumplir con la caución personal que le fue impuesta.

Ahora bien, siendo que el imputado Franklin José Mayora Serrano tiene cuarenta y seis días detenido, sin que la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público haya presentado el acto conclusivo en la presente causa, aunado a ello, el mencionado imputado carece de familiares o amigos que tengan un ingreso mensual igual o superior a 20 unidades tributarias, en consecuencia, quien aquí decide, considera que los procedente y ajustado a derecho es revocar la medida cautelar sustitutiva prevista en el artículo 256, ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal, y dejarle las de los ordinales 3 y 6 eiusdem, es decir, deberá presentarse cada 8 días ante la sede de este Tribunal y prohibición de acercarse o comunicarse por cualquier medio con la víctima. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVISA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA impuesta al acusado FRANKLIN JOSÉ MAYORA SERRANO, titular de la cédula de identidad No. 11.638.796, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y revoca la prevista en el ordinal 8 del artículo 256 del texto penal adjetivo, debiendo cumplir con los ordinales 3 y 6 eiusdem.
Publíquese, regístrese, déjese copia líbrese la boleta de excarcelación y notifíquese.
LA JUEZ

DRA. YARLENY MARTIN

EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ
CAUSA N° WP01-S-2004-10590