REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion del Estado Vargas
Macuto, 1 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2003-002301
ASUNTO : WP01-S-2003-002301



Corresponde a este Tribunal Primero de Ejecución emitir pronunciamiento en la presente causa, en virtud del Oficio N° 3008-03, del 08/12/03, suscrito por la Comis. Eglee Ascanio Cadenas, en su condición de Directora del Instituto Nacional e Orientación Femenina (INOF), en el que informa sobre la evasión de la interna Parra Jiménez Daniela, portadora de la cédula de identidad N° V- 14.990.121, en tal sentido éste Juzgado a los fines de decidir, previamente observa:

El 11/11/03, el Juzgado Cuarto en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, CONDENÓ a la ciudadana GARCIA CASTILLO AITZA MARIA, a cumplir la pena de DIEZ ANOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPIOCAS.

Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada este Juzgado el 20/11/03, procedió a ejecutar la pena impuesta a la referida penada, estableciéndose que cumpliría la pena el 29/06/2013 y se sugirió que la penada cumpliera la pena impuesta en el Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana.


Ahora bien, cursa al folio 116 de la presente causa, Oficio N° 3008-03, del 08/12/03, suscrito por la Comis. Eglee Ascanio Cadenas, en su condición de Directora del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), en el que informa sobre la evasión de la interna Parra Jiménez Daniela, portadora de la cédula de identidad N° V- 14.990.121, del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF).

En base a lo indicado anteriormente y dado que la ciudadana Parra Jiménez Daniela, fue condenada el 9/10/03, por el Juzgado Cuarto en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de DIEZ ANOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPIOCAS, es por lo que este Juzgado ACUERDA EMITIR ORDEN DE CAPTURA a nombre de la referida penada. Y así se decide.

Así mismo, este Juzgado ACUERDA remitir copia de la presente decisión así como copia del Oficio N° 3008-03, del 08/12/03, suscrito por la Comis. Eglee Ascanio Cadenas, en su condición de Directora del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), a la Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a los fines de que apertura las averiguaciones pertinentes en cuanto a la evasión de la penada Parra Jiménez Daniela, del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF). Y así se decide.


DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA EMITIR ORDEN DE CAPTURA a nombre de la penada Parra Jiménez Daniela, portadora de la cédula de identidad N° V- 14.990.121, en virtud de haberse evadido del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF).

Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia y notifíquese la presente decisión. Líbrese la correspondiente orden de captura, remítanse los oficios pertinentes.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN

DRA. MARÍA ANTONIETA CROCE ROMERO
EL SECRETARIO

ABG. DOMENICO RUSSO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO

ABG. DOMENICO RUSSO