REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion del Estado Vargas
Macuto, 26 de Julio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2003-001498
ASUNTO : WP01-S-2003-001498
Vista la solicitud interpuesta el 02/07/04, por la ABG. ROSALÍA GRANADOS DE OLIVEROS, en su condición de Defensora Pública Sexta Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la que solicita a este Juzgado decline la competencia en el caso seguido a BLANCO OLGA REGINA en el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Pena en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado Táchira, este Juzgado a los fines de emitir pronunciamiento previamente observa:
El 11/06/03, la ciudadana SANTOS BLANCO OLGA REGINA, fue detenida en el Aeropuerto Simón Bolívar de Maiquetía, por Funcionarios adscritos a la Guardia Nacional, lo cual ocasionó que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, dictara el 18/08/03, sentencia condenatoria por el delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, imponiéndole una pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN.
Ahora bien, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, al resolver acerca del conflicto de competencia de no conocer planteado por éste Juzgado y el Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, y resolvió según sentencia dictada el 21/06/01, en el exp. 01-0383, que “…(omissis)…la competencia para la ejecución de la pena y todo lo relacionado con la misma corresponde al Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, quien deberá informar al Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, a los fines de que coopere en la vigilancia de la ejecución de la pena impuesta al ciudadano Ángel Javier Herrera …(omissis)…”.
En consecuencia este Juzgado DECLARA SIN LUGAR la ABG. ROSALÍA GRANADOS DE OLIVEROS, en su condición de Defensora Pública Sexta Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Y así decide.
DISPOSITIVA
Por todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta el 02/07/04, por la ABG. ROSALÍA GRANADOS DE OLIVEROS, en su condición de Defensora Pública Sexta Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la que solicita a este Juzgado decline la competencia en el caso seguido a BLANCO OLGA REGINA en el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Pena en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado Táchira.
Diarícese, déjese copia de la presente decisión y líbrense los correspondientes oficios.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN
DRA. MARÍA ANTONIETA CROCE ROMERO
EL SECRETARIO
ABG. DOMENICO RUSSO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO
ABG. DOMENICO RUSSO
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