REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion del Estado Vargas
Macuto, 21 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2003-000836
ASUNTO : WP01-S-2003-000836

AUTO DE EJECUCIÓN SIN DETENIDO

Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano WILMER JOSE TOLOSA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido en fecha 11/07/77, de 27 años de edad, de profesión u oficio Albañil, residenciado en el kilómetro 6 de la vía El Junquito, sector Táchira, titular de la cédula de identidad número V-10.628.800, a quien solicitó el sobreseimiento de la causa la Fiscal Tercera del Ministerio Público, iniciada por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal.

En este sentido, este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 186 al 197, sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 30 de abril de 2004, mediante la cual SOBRESEE la causa seguida al ciudadano WILMER JOSE TOLOSA, a solicitud formulada por la Dra. MARIANELA AGUILERA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público en el Estado Vargas, iniciada por la presunta comisión del ilícito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal, por considerar que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente su enjuiciamiento.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR como en efecto se hace, excluirlo de los registros de personas solicitadas llevados por la autoridades policiales que por este hecho se hubiere realizado. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano WILMER JOSE TOLOSA, ya identificado, en virtud de haberse dictado sentencia de sobreseimiento a su favor, en fecha 30/04/04, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal.

Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros de personas solicitadas, que por este hecho pueda presentar el ciudadano WILMER JOSE TOLOSA.
LA JUEZ,


PATRICIA SALAZAR LOAIZA



LA SECRETARIA,



ABG. JOYCEMAR GARCIA