REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 21 de Julio de 2004. Año 194º y 145°.
Vista el acta de fecha 26 de noviembre de 2.003, suscrita por las ciudadanas ANDREINA MARTINEZ SALAS y PETRA YOLANDA SIVIRA plenamente identificadas en autos, quienes después de sostener entrevista con el ciudadano Juez, llegaron al siguiente acuerdo: PRIMERO: La ciudadana PETRA YOLANDA SIVIRA hace entrega del Niño GEISON GABRIEL a su madre, quien asume la obligación frente al referido niño. SEGUNDO: Ambas ciudadanas se comprometen a brindarse un trato digno entre si y a velar por la integridad física del niño GEISON GABRIEL. TERCERO: La madre y el padre del niño GEISON GABRIEL se comprometen a realizar los trámites necesarios para la inscripción en el Registro Civil del Nacimiento del prenombrado. CUARTO: La ciudadana ANDREINA MARTINEZ SALAS se compromete a permanecer atenta al estado de salud del niño GEISON GABRIEL y a cuidar su control médico, ante lo cual se obliga a asistir al pediatra mensualmente, comenzando a partir del día de mañana. Por lo anteriormente expuesto y conforme al artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley acuerda imparte su debida aprobación al contenido de los convenios suscritos por los solicitantes, en todas y cada unas de sus partes en los términos y condiciones expresados y ordena de conformidad con lo pautado en mencionado artículo su respectiva homologación. En consecuencia se ordena el cierre y archivo de presente expediente. Expídase por Secretaría las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguese a las partes interesadas, a fin de que surtan sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ TITULAR
Dr. ANGEL PEREZ BARRIENTOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 01
LA SECRETARIA,
Abg. ADRIANA MUJICA PIÑERUA
Seguidamente y en esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA,
Abg. ADRIANA MUJICA PIÑERUA
APB/ AMP / fr.
Restitución de guarda.
EXP. N°. A-3221.