REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 12 de julio dos mil cuatro (2004).
Años y Federación 194º y 145º
Nº DE EXPEDIENTE: WH11-L-2004-000026
PARTE ACTORA: AMALIA ELIZABETH LIENDO MONTENEGRO, actuando en nombre propio y en el de sus menores hijos NICOL JULIE CUMANA, NAOMIS JULIANIT CUMANA Y NIKGGERTH CUMANA,
ABOGADAS DE LA PARTE ACTORA: INGRID JOSEFINA GONZALEZ GOMEZ y RAMON ALBERTO PEREZ TORRES, abogadas en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nº 50.260 y 16.278 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ESTRUCTURAS NACIONALES, C.A (ENSA) Inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda; el día 12 de mayo de 1.955 bajo el Nº 112-Tomo 4-B. y la CORPORACION PARA LA RECUPERACION Y DESARROLLO DEL ESTADO VARGAS (CORPOVARGAS)
ABOGADO DE PARTE DEMANDADA: JOSE BERNARDO GUEVARA PULGAR, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 15.851
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.
En el día hábil de hoy lunes, 12 de julio del año dos mil cuatro (2004), siendo la una (1:31 p.m.) horas de la tarde, comparecieron los ciudadanos INGRID JOSEFINA GONZALEZ GOMEZ y RAMON ALBERTO PEREZ TORRES Apoderados Judiciales de la parte Demandante igual mente el Profesional del derecho JOSE BERNARDO GUEVARA PULGAR, Apoderado Judicial de la empresa demandada ESTRUCTURAS NACIONALES, C. A. (ENSA), debidamente acreditado a través de instrumento Poder cuya copia certificada se anexa, a los fines de solicitar de este Tribunal se habilite el tiempo necesario para realizar Transacción, en la presente causa. El tribunal acordó lo solicitado por las partes, y en tal sentido se da inicio al Acto de Transacción, en el cual las partes han consignado 1) Autorizaciones para realizar la presente Transacción emitidas por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. 2) Escrito de Transacción constante de once (11) folios útiles en el cual solicitan al Tribunal imparta la Homologación necesaria. Seguidamente la ciudadana juez procedió a la lectura y revisión de los precitados documentos. En tal sentido, visto que han sido cubiertos los extremos legales necesarios a los efectos de proteger el interés superior de los niños y adolescentes, quienes tienen carácter de actores en el presente juicio; que la transacción presentada voluntariamente por las partes ha sido debidamente autorizada por el Tribunal competente, previa opinión favorable del Fiscal del Ministerio Público según lo preceptuado en los artículos 267 del Código Civil y 172 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del adolescente; y visto que la misma no vulnera derechos irrenunciables de las partes, ni normas de orden publico, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por concluido el proceso y HOMOLOGA la Transacción en los términos expuestos por las partes, dándole Efectos de Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del presente expediente. Asimismo, vista la solicitud realizada por la Apoderada Judicial de la parte demandante, en la cual pide le sea devuelto Justificativo de Únicos y Universales herederos, este Tribunal la acuerda y en consecuencia, ordena el desglose del expediente, previa Certificación por parte de la Secretaria.
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
AMALIA ELIZABETH LIENDO MONTENEGRO
INGRID JOSEFINA GONZALEZ GOMEZ
RAMON ALBERTO PEREZ TORRES
JOSE BERNARDO GUEVARA PULGAR
LA SECRETARIA
ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
Exp. No. WH11-L-2004-000026
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