REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, 08 de julio dos mil cuatro (2004).
Años y Federación 194º y 145º

N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000024
PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO LARES LEÓN.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: PABLO MORA MAZZA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 71.643.
PARTE DEMANDADA: AGENTES ADUANALES AIR SEA JM, C.A y AIR SEA CARGA JM, C.A.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS CASTELLANO, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 42.051.
REPRESENTANTE DE LA EMPRESA DEMANDADA: MIREYA CAIROS, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.178.105.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

En el día hábil de hoy jueves, 08 de julio del año dos mil cuatro (2004), siendo las tres (03:00 p.m.) horas de la tarde, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos PABLO MORA MAZZA y JESUS CASTELLANO M, ya identificados, a los fines de solicitar sea adelantada la continuación de la Audiencia Preliminar para el día de hoy. Vista la solicitud de las partes el Tribunal la acuerda dándose así inicio a la continuación de la precitada Audiencia. Las partes han llegado a los siguientes acuerdos de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos: PRIMERO: Las partes han conciliado y reconocen como ciertas las cantidades por conceptos de Prestaciones Sociales y otros beneficios que a favor del trabajador demandante, fueron originados de la relación laboral que los unió, como a continuación se relaciona:

FECHA DE INGRESO: 01/04/1997
FECHA DE EGRESO: 15/01/2004
TIEMPO DE SERVICIO: SEIS AÑOS NUEVE MESES Y CATORCE DIAS
MOTIVO: RENUNCIA VOLUNTARIA


CONCEPTOS BOLÍVARES
ANTIGÜEDAD ART. 108 L.O.T. 3.555.135,80
INTERES DE ANTIGÜEDAD ART. 108 L.O.T. 510.007,53
VACACIONES Y BONO VACACIONAL FRACCIONADO 153.773,60
UTILIDADES FRACCIONADAS AÑO 2,004 69.824,39
DIFERENCIA DE UTILIDADES 2003 276.000,00
DIAS LABORADOS (PRIMERA QUINCENA DE ENERO 2004) 134.105,00
TOTAL ASIGNACIONES 4.698.846,32

ANTICIPOS DE PRESTACIONES 2.898.846,52
TOTAL DEDUCCIONES 2.898.846,52

TOTAL A PAGAR 1.800.000,00

SEGUNDO: Tales conceptos suman la cantidad de Bolívares UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.800.000,00). Dicha cantidad es cancelada en este mismo acto por la empresa demandada AGENTES ADUANALES AIR SEA J.M., C.A, a favor del demandante ciudadano CARLOS ALBERTO LAREZ LEON, a través de cheques Nos. 85537423 y 15573560, de la cuenta Nº 0105-00865-90-1086043154, de AGENTES ADUANALES AIR SEA J.M., C.A, en el Banco Mercantil, oficina Catia la Mar. TERCERO: La parte demandante conviene que con la suma transada quedan satisfechos todos los conceptos derivados de la relación laboral que los unió. Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada, se deja constancia que fueron devueltas las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ,


DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:


PABLO MORA MAZZA


JESUS CASTELLANO
LA SECRETARIA


ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
Exp. No. WP11-L-2004-00024