REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Vargas

Macuto, 25 de Junio de 2004
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2004-0012082
ASUNTO : WP01-S-2004-0012082
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
JUEZ: DR. OLINTO ANTONIO RAMIREZ ESCALANTE
FISCAL: HUMBERTO RODRIGUEZ ALEMAN
SECRETARIO: LENIN DEL GUIDICE
IMPUTADO (S): GABRIEL ELADIO RODRIGUEZ DUARTE
DEFENSOR (A): REINALDO ARIAS


AUTO DE FUNDAMENTACION DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD

III
DISPOSITIVA

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por el abogado Humberto Rodríguez Alemán, en su condición de Fiscal Sexto Auxiliar del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de. RODRIGUEZ DUARTE GABRIEL ELADIO.
Segundo: DECRETA la privación judicial preventiva de libertad del imputado RODRIGUEZ DUARTE GABRIEL ELADIO, ya identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con los ordinales 1°, 2° y 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera detenida el 23/06/04, por funcionarios adscritos a la Unidad Especial Antidrogas de la Guardia Nacional del Estado Vargas.
Tercero: ACUERDA la aplicación del procedimiento especial abreviado por flagrancia, de conformidad con lo establecido en los artículos 248, 372 ordinal 1° y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual se ordena la remisión inmediata de las presentes actuaciones en su estado original al Juez Unipersonal de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
Cuarto: Se asigna como Centro de Reclusión, el INTERNADO JUDICIAL DE LOS TEQUES con sede en Los Teques, Estado Miranda, en el cual quedará recluido el imputado a la orden del Juez Unipersonal de Juicio correspondiente.


Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.

En Macuto, a los Veinte y cinco (25) días del mes de Junio del año dos mil cuatro (2004).
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. OLINTO ANTONIO RAMIREZ ESCALANTE

EL SECRETARIO,

ABG. LENIN DEL GIUDICE