REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 15 de Junio de 2004
Años 194° y 145°
Vista la diligencia anterior suscrita por la Abogada MARIA DEL ROSARIO LARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.749, en su carácter acreditado en autos, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en la sentencia dictada en fecha 15/03/2004, en concordancia con lo previsto en el Artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, y a los fines de determinar los montos que debe cancelar la parte demandada al trabajador actor, designa como Experto Contable, al ciudadano JESUS CLEMENTE, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Contador Público, a fin de que calcule la Indexación Salarial de los siguientes montos: UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 1.731.826,36), y OCHOCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON VEINTINUEVE CENTIMOS (Bs. 840.628,29), cantidades condenadas a pagar; dicho cálculo se hará desde el 07 de Febrero de 2001, fecha en la cual se admitió la presente demanda, hasta la fecha en que se consigne el informe pericial, inclusive, el cual se llevará a cabo tomando en cuenta los índices inflacionarios fijados por el Banco Central de Venezuela. Notifíquese para que comparezca por ante éste Tribunal al tercer (3er.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su notificación, a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos, preste juramento de Ley. Se advierte que una vez que conste en autos las resultas del informe pericial, se procederá a decretar la ejecución de la sentencia antes mencionada. Líbrese boleta de notificación con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA
DRA. LIRIO PADILLA F.
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA