REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 
TRIBUNAL TERCERO  DE SUSTANCIACION MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN  DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
 
 
Maiquetía,  10 de junio de dos mil cuatro (2004).
 
Años y Federación 194º y   145º
 
 
ACTA
 
 
	
 
N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000043
 
PARTE ACTORA: ALEXANDER SUAREZ RODRIGUEZ
 
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: WLADIMIR ORTEGA, REBECA ALBARRACIN Y MARÍA FABIOLA RODRIGUEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Números: 29.706, 61.846 y 100.609 y titulares de las Cédulas de Identidad Números: 6.801.120, 4.115.338 y 15.701.193, respectivamente.
 
PARTE DEMANDADA: COMERCIAL JJ 2000, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción judicial del Estado vargas, en fecha 13 de marzo de 2000, bajo el N° 64, Tomo 2-A.
 
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ERNESTO TORRES
 
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 
En el día hábil de hoy, 10 de junio de 2004, siendo las (2:00) p.m., comparecen los ciudadanos: REBECA ALBARRACIN, y ERNESTO TORRES, en su carácter de representantes legales de la parte actora y demandada, respectivamente. En este acto, la parte demandada, le  hace entrega  al actor  del primer pago del acuerdo celebrado por las partes, en fecha 09/06/2004, por la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 480.000,00), el cual, el referido abogado actor recibió conforme. Es todo, se leyó y conformes firman.
 
EL JUEZ,
 
 
 
DR. JOSÉ GREGORIO GONZALEZ
 
 
LAS PARTES COMPARECIENTES:                                                                   
 
 PARTE ACTORA 
 
 
 
 
 					POR LA  PARTE DEMANDADA
 
 
 
 
 LA SECRETARIA
 
 
                                                                                         
 
ABG.  JENIFFER VICUÑA
 
 
 
Exp: WP11-L-2004-000043.
 
JGG.
 
 
 
 
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