REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 03 de marzo de 2004
193° y 145°

Vista la demanda que antecede, y recibida como ha sido del Juzgado Tercero de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente Se admite cuanto ha lugar en derecho por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 864 y 965 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con el Artículo 150 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre. En consecuencia, emplácense a la parte demandada ROWENS NAVA Y LUIS YOJAN ROMERO, para que comparezcan por ante éste Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguiente a la constancia de haberse practicado las citaciones, cualquiera que sea su orden, a dar contestación a la demanda incoada en su contra por el ciudadano HUMBERTO PONTE FELISBERTO. Compúlsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación. Ofíciese lo conducente al Ministerio Terrestre. Dirección de Vigilancia, solicitando las actuaciones Administrativas originales relacionadas con el presente juicio.
LA JUEZ SUPLENTE

DRA. MARIA TERESA BRITO C.

LA SECRETARIA

DRA. LIRIO PADILLA F.




En esta misma fecha se le dio entrada bajo el N° 1003-04. Y se librarón las compulsas de citación, las cuales se le entregaron al Alguacil del Tribunal.
LA SECRETARIA