REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO
Maiquetía, 31 de Marzo de 2004
193° y 145°
Visto el presente expediente proveniente del suprimido Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial procedente del Archivo Central con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS, incoada por los Ciudadanos MANUEL VILASECA OTERO y JOSE FLORENTINO GOMEZ; en contra de la Empresa: S, PLAZA M. SUCESORES ,C.A. Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas precedido por la DRA. GIOCONDA CACIQUE MEJICANO, designada según Resolución N° 2003-0271 de fecha 27 de Octubre de 2003, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y tomando posesión del cargo en fecha 03 de noviembre del presente año, según consta en el Libro de Actas y Juramentos de este Circuito del Trabajo del Estado Vargas, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa, En consecuencia una vez revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presenten expediente se evidenció que el mismo se encuentra Sentenciado, así mismo se observa al folio Ciento Treinta y uno(131) Medida de Embargo a la cuenta N° 0563018747 propiedad de la empresa demandada por la cantidad de Seis Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Noventa y Tres Bolívares con Cincuenta y Cinco Céntimos (6.885.093,55Bs) y la entrega de cheque de gerencia a nombre del Tribunal, al folio Ciento Cuarenta y Cuatro (144) oficio N° 381/03 dirigido al Banco Industrial de Venezuela donde se acordó abrir Cuenta de Ahorro a nombre de los ciudadanos: Manuel Vilaseca Otero y José Florentino Gómez Sosa, al folio Ciento Cuarenta y Siete (147) oficio N° 390/03 dirigido al mismo Banco autorizando la entrega del totalidad del dinero al los ciudadanos mencionados anteriormente, y como quiera que las partes no han hecho uso de sus derechos desde el Veintitrés (23) de Junio de Dos Mil Tres (2003), demostrando con ello su falta de interés procesal en la presente causa, y en virtud de que aun no se ha vencido el lapso establecido en el artículo 1977 del Código Civil, este Tribunal, a los fines de descongestionar el Archivo Central ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial, previo inventario y legajo debidamente identificado. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. GIOCONDA CACIQUE MEJICANO EL SECRETARIO ACC.,
ABG. ARNALDO RODRÍGUEZ
Seguidamente y en esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
GCM/AR/Nohemi
Exp.10627 EL SECRETARIO ACC.,
Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios. ABG. ARNALDO RODRÍGUEZ