REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 11 de Marzo de dos mil cuatro (2004)
193° y 145°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: WH11-L-2003-000010
PARTE ACTORA: VELASCO CHACON WILMER ANTONIO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NAVARRO ADEYAN JOSE
PARTE DEMANDADA: U.C.A.M.C, SERVICIOS DE TRANSPORTE, C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CEREZO VILERA LEYDA y RODRÍGUEZ CEREZO LIZET
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, jueves, once (11) de Marzo de 2004, siendo las dos (2:00 p.m) horas de la tarde, día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: VELASCO CHACON WILMER ANTONIO, JOSE NAVARRO ADEYAN, LEYDA CEREZO VILERA y LIZET RODRÍGUEZ CEREZO, en su condición de demandante, representante legal de la parte actora, y Apoderadas Judiciales de la parte demandada respectivamente. En este estado se le cede la palabra al ciudadano JOSE NAVARRO ADEYAN en su carácter de apoderado judicial de la parte actora quien expone: “Cumpliendo instrucciones del ciudadano VELASCO CHACON WILMER ANTONIO, en el sentido de que es de su interés solicitar el cumplimiento de la providencia administrativa, emanada de la Inspectoria del Trabajo del Estado Vargas y como quiera que es un derecho constitucional que le asiste, no pudiendo contravenir su criterio, es por lo que en su nombre, desisto del procedimiento y de la acción que por Prestaciones Sociales cursa ante este Juzgado, a fin de cumplir el requerimiento del trabajador y acudir ante los organismos competentes, para hacer valer la providencia administrativa y solicitar su reenganche a la empresa aquí demandada, con sus respectivos pagos de salarios caídos, es todo”. De seguidas se le otorga el derecho de palabra a la Apoderada Judicial de la parte demandada CEREZO VILERA LEYDA quien expone: “Convenimos en el desistimiento presentado por la parte actora, es todo”. Oído como ha sido el desistimiento del procedimiento y de la acción, presentado por la parte demandante y oído como ha sido el convenimiento de la parte demandada, este Tribunal HOMOLOGA en los términos expuestos y declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente, dejándose constancia que han sido devueltas las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
VELASCO CHACON WILMER ANTONIO
JOSE NAVARRO ADEYAN
LEYDA CEREZO VILERA
LIZET RODRÍGUEZ CEREZO
LA SECRETARIA,
ABG. MILKARY DA SILVA
Exp. No. WH11-L-2003-000010
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