REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, 17 de Marzo de dos mil cuatro (2004).
Años y Federación 193º y 145º

N° DE EXPEDIENTE: WH11-L-2004-000012
PARTE ACTORA: YANXENIA CRUZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: WLADIMIR ORTEGA y REBECA ALBARRACIN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 29.706 y 61.846, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ADUANERA RAFERCA, C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy miércoles, diez y siete (17) de Marzo del año dos mil cuatro (2004), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentran presentes los ciudadanos WLADIMIR ORTEGA y REBECA ALBARRACIN, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte actora. En este estado el Tribunal deja constancia que habiéndose otorgado un lapso de espera de cinco (05 m.) minutos para dar inicio a la Audiencia, no compareció la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
CONCEPTO DIAS BOLIVARES
INDEMNIZACION POR
ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT 129 1.041.620,79
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 0,67 5.806,66
VACACIONES FRACCIONADAS 1,84 16.232,87
UTILIDADES VENCIDAS 2001 2,5 13.592,58
UTILIDADES VENCIDAS 2002 Y 2003 60 480.000,00
VACACIONES VENCIDAS 2003 21 168.000,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 288.296,69
PREAVISO 30 240.000,00
Total a pagar………………………….. 2.253.549,59










Tales conceptos suman la cantidad de Bolívares DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs:2.253.549,59). Asimismo se condena a la empresa demandada ADUANERA RAFERCA, C.A. al pago de costas procesales, y al pago de intereses de mora, y corrección monetaria, de acuerdo a lo indicado por las experticias complementarias al fallo. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 193° y 145°.
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES,

WLADIMIR ORTEGA

REBECA ALBARRACIN

LA SECRETARIA.,

ABG. MILKARY DA SILVA
Exp. No. WH11-L-2004-000012