REPUBLICA BOLIVARIA NA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACION MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, 11 de Marzo de 2004
Años y Federación 193º y 145º

ACTA

DE EXPEDIENTE Nº: WH11-L-2004-000035.
PARTE ACTORA: MARÍA DEL CARMEN CEDEÑO, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula Nº 14.568.057.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA:, WLADIMIR ORTEGA, REBECA ALBARRACIN Y MARÍA FABIOLA RODRIGUEZ, Abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.29.706, 61.846 y 100.609, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: H. GIRAUD M. & CIA. C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: WENDOLAINE VERDI RAMOS, Abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 81.108.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día de hoy, once (11) de Marzo del año 2004, siendo las 10:00 a.m., horas de la mañana, día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron las profesionales del derecho: WLADIMIR ORTEGA y REBECA ALBARRACIN en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte actora ciudadana: MARÍA DEL CARMEN CEDEÑO, quien igualmente se encuentra presente. Asimismo, comparece la profesional del derecho WENDOLAINE VERDI RAMOS en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, todos anteriormente identificados, dándose así inicio a la audiencia, celebrada la audiencia han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PRIMERO: En vista del acuerdo llegado por ambas partes la empresa demandada conviene en cancelar por concepto de Prestaciones Sociales, la cantidad de Cinco Millones Setecientos Cuarenta y Dos Mil Ochenta y Seis Bolívares Con Cincuenta y Un Céntimos (Bs.5.742.086, 51), desglosado de los siguientes conceptos: BENEFICIOS EJERCICIO (UTILIDADES FRACCIONADAS: 8.75 días X Bs. 13.645,57 = Bs.119.398,71. PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD Artículo 108: 5.99 días = Bs.2.808.596.76. VACACIONES 2000-2001:15 días X Bs. 13.645,57= Bs.204.683, 50. BONO VACACIONAL Artículo 223: 10 días X Bs. 13.645,57= Bs.136.455, 67. DÍAS ADICIONALES Artículo 219: 3 días X Bs. 13.645,57= Bs.40.936, 70. VACACIONES 2001-2002:15 días X Bs. 13.645,57= Bs.204.683, 50. BONO VACACIONAL Artículo 223: 11 días X Bs. 13.645,57= Bs.150.101, 23. DÍAS ADICIONALES Artículo 219: 4 días X Bs. 13.645,57= Bs.54.582, 27. VACACIONES 2002-2003:15 días X Bs. 13.645,57= Bs.204.683, 50. BONO VACACIONAL Artículo 223: 12 días X Bs. 13.645,57= Bs.163.746, 80. DÍAS ADICIONALES Artículo 219: 5 días X Bs. 13.645,57= Bs.68.227, 83. INTERESES DE PRESTACIONES: Bs.585.990, 04. BONIFICACIÓN DE LA EMPRESA: Bs.1.000.000, 00. La parte demandada alegó haberle entregado la cantidad de Bs.3.519.508, 68, por concepto de adelanto de las Prestaciones Sociales, la cual la parte actora aceptó haber recibido la mencionada cantidad. Ahora bien, la parte actora recibe en este acto la cantidad de Bs. 2.222.577,82, por concepto de diferencia de Prestaciones Sociales, mediante los siguientes cheques: Cheque Nº 26015419 por la cantidad de Bs.275.534.57, contra el Banco Banesco, Cheque Nº 37015418 por la cantidad de Bs.275.534.57, contra el Banco Banesco y Cheque Nº 28003016 por la cantidad de Bs.1.671.508.68, contra el Banco Banesco. Este Tribunal en vista de que la Mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 Ejusdem, da por concluido el proceso y HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.
EL JUEZ,


DR. JOSÉ GREGORIO GONZALEZ.


LAS PARTES:
PARTE DEMANDANTE



APODERADOS JUDICIALES DE LA
PARTE DEMANDANTE





APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,


MARÍA GUTIERREZ




EXPEDIENTE: WH11-L-2004-000035
JGG/MG/ Pierina.