REPUBLICA BOLIVARIA NA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACION MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, 23 de Marzo de 2004
Años y Federación 193º y 145º


ACTA


DE EXPEDIENTE Nº: WH11-L-2004-000038.
PARTE ACTORA: ERICK JOSÉ ARTEAGA BELLO, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula Nº 14.314.651.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CARLOS MORANTES, Abogados en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 44.016.
PARTE DEMANDADA: BURGER KING RESTAURANTS, C.A.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: DIAZ ARROYO EUGENIA MARGARITA, Abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.088.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, veintitrés (23) de Marzo del año 2004, siendo las 2:00 p.m., horas de la tarde, día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron: el profesional del derecho: CARLOS MORANTES en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ERICK JOSÉ ARTEAGA BELLO, asimismo, se encuentran presentes: la ciudadana INGRID ISABEL VALLEJO titular de la cédula de identidad Nº 12.420.942, en su carácter de Gerente General de la empresa demandada, debidamente asistida por la profesional del derecho DIAZ ARROYO EUGENIA MARGARITA, todos anteriormente identificados, dándose así inicio a la audiencia, celebrada la audiencia han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PRIMERO: En vista del acuerdo llegado por ambas partes la empresa demandada conviene en cancelar por concepto de Prestaciones Sociales, la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 3.500.000,00) los cuales se derivan de los siguientes conceptos: UTILIDADES FRACCIONADAS (Artículo 174-175 L.O.T.): Bs.196.860, 00. VACACIONES ACUMULADAS (Artículo 219 L.O.T.): Bs.288.728,00. VACACIONES FRACCIONADAS: (Artículo219-225 L.O.T.):Bs.153.113, 00. BONO VACACIONAL ACUMULADO (Artículo 223 L.O.T.):Bs.131.124, 00. BONO VACACIONAL FRACCIONADO (Artículo 225 L.O.T. Bs.76.556, 00. ANTIGÜEDAD (Artículo 108 L.O.T.): Bs.1.933.059. FIDEICOMISO (Artículo 108 L.O.T.: Bs.720.560, 00. La parte demandada alegó haberle entregado la cantidad de Bs.1.500.000, 00, por concepto de adelanto de las Prestaciones Sociales, la cual la parte actora aceptó haber recibido la mencionada cantidad. Ahora bien, la parte actora recibe en este acto la cantidad de Bs. 2.000.000,00, por concepto de diferencia de Prestaciones Sociales, cubriendo con este monto la totalidad del pago de las prestaciones sociales del trabajador, mediante Cheque Nº 00813362 contra el Banco Federal. Este Tribunal en vista de que la Mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 Ejusdem, da por concluido el proceso y HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.
EL JUEZ,


DR. JOSÉ GREGORIO GONZALEZ.


LAS PARTES:




APODERADO JUDICIALES DE LA
PARTE DEMANDANTE




PARTE DEMANDADA



ABOGADA ASISTENTE
DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,


MARÍA GUTIERREZ



EXPEDIENTE: WH11-L-2004-000038
JGG/MG/ Pierina.