REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 25 de mayo de 2004.
194° y 145°
Vistos estos autos:
Mediante diligencia de fecha 29/03/2004, el ciudadano DIOGENES RAFAEL VILORIA MAYORA, codemandado en el presente juicio, a los fines de poner fin al mismo en lo que respecta a su cuota que proporcionalmente le corresponde conforme se evidencia del Informe Técnico Pericial presentado por la Partidora designada por este juzgado suscribió transacción con la ciudadana EGLEE JOSEFINA VILORIA MAYORA, dándole en venta todos los derechos que le corresponden sobre el bien inmueble que da origen a la presente acción por la suma de Bs. 3.300.000.
Mediante diligencia de fecha 30/03/2004, el ciudadano NAPOLEON HUMBERTO VILORIA MAYORA, codemandado en el presente juicio, a los fines de poner fin al mismo en lo que respecta a su cuota que proporcionalmente le corresponde conforme se evidencia del Informe Técnico Pericial presentado por la Partidora designada por este juzgado suscribió transacción con la ciudadana EGLEE JOSEFINA VILORIA MAYORA, dándole en venta todos los derechos que le corresponden sobre el bien inmueble que da origen a la presente acción por la suma de Bs. 3.300.000.
De la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que la Sucesión está conformada por los ciudadanos SALOMON ANTONIO, EGLEE JOSEFINA, NAPOLEON HUMBERTO y DIOGENES RAFAEL VILORIA MAYORA y visto que el ciudadano SALOMON ANTONIO VILORIA MAYORA, no ha tenido participación en las transacciones anteriormente mencionadas, se ordena su notificación, para que comparezca ante este tribunal dentro de los Diez (10) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su notificación a fin de que exponga lo que creyere conducente con respecto a las mismas. Con la advertencia de que una vez vencido dicho término, procederá este tribunal a homologar las citadas transacciones. Líbrese Boleta de Notificación.
LA JUEZ,

Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES.

MSM/Angela
Exp. N° 3559