REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, tres (3) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la diligencia suscrita en esta misma fecha por la apoderada judicial de la parte demandada, a través de la cual solicita:
1.- A tenor de lo dispuesto en el artìculo 404 del Còdigo de Procedimiento Civil se designen al ciudadano Armando Hoffman Serrano, titular de la cédula de identidad Nº 3.182.552, a los fines de que absuelva en su lugar la prueba de posiciones juradas, este Tribunal conforme lo establecido en la norma antes citada acuerda lo solicitado por la apoderada judicial de la parte actora, siendo que de conformidad con el referido artìculo dicho ciudadano se entiende citado para la evacuación de la prueba y queda obligado a contestar las posiciones.
2.- Señala una dirección a los fines de la citación de Armando Hoffman Serrano y solicita se le designe correo especial para la entrega de la citación, este Tribunal niega dichas solicitudes ya que la norma contenida en el artìculo 404 del Còdigo Adjetivo Civil es clara al establecer que el apoderado de la persona jurídica llamada a absolver posiciones juradas podrá mediante diligencia designar a otra persona para que absuelva en su lugar las posiciones por tener ésta conocimiento directo y personal de los hechos de la causa, quien se entenderá citada para la prueba y obligada a contestar las posiciones.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ,


LA SECRETARIA,

LEIDIS ROJAS.
Exp.Nº 796-03