REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 27 de Mayo de dos mil cuatro (2004).
Años y Federación 194º y 145º
N° DE EXPEDIENTE: WH11-L-2004-000018
PARTE ACTORA: SALAZAR JOSÉ; CÓRDOVA RAMÓN; MARTÍNEZ JOVANNY; MARCANO ALEJANDRO; SOTO MIGUEL; RIOS FRANCISCO; JULIO CHÁVEZ; COVA CAROLINA; QUINTERO ANGEL; GÓMEZ CÉSAR; RODRÍGUEZ NICOLÁS; EUROMAR BLANCO; MILLÁN OSWALDO; SANTIAGO ALEXIS; PATIÑO NACARY; CASTRO CARLOS; GARCÍA VICENTE; OROPEZA ARGENIS; ANDRADE JESÚS, ACUÑA BRAULIO, JUAN CARLOS GARCIA, FIDEL MAYORA, titulares de las cédulas de identidad Nros: 5.090.185, 5.091.550, 10.579.688, 6.920.199, 11.159.249, 4.556.306, 10.576.907, 11.060.921, 7.999.156, 4.564.218, 3.891.024, 5.572.026, 6.608.869, 13.131.271, 11.638.761, 12.864.269, 11.055.234, 12.864.571, 11.059.202, 2.966.183, 9.993.919 y 9.999.473, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KARINA YANEZ, abogada al servicio de la Procuraduría de Trabajadores en el Estado Vargas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 85.786.
PARTE DEMANDADA: Empresas solidariamente responsables SOCIEDADES DE COMERCIO SERVISERCA C. A. Y ASERCA AIRLINES C. A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MIRTHA COROMOTO ESCALONA MARIN Y MARTÍN EDUARDO CAMACHO OQUENDO, Abogados en ejercicios e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 97.847 y 14.386 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE BONO DE ALIMENTACIÓN (cestaticket).
En el día hábil de hoy jueves, veintisiete (27) de Mayo del año dos mil cuatro (2004), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presentes los trabajadores SALAZAR JOSE, BRAULIO ACUÑA, JUAN CARLOS GARCIA y ANDRADE JESUS, la Apoderada Judicial de la parte actora KARINA YANEZ, y el Apoderado Judicial de la parte demandada MARTÍN EDUARDO CAMACHO OQUENDO, ya identificados. Las partes han llegado a los siguientes acuerdos, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos: PRIMERO: Las empresas demandadas reconocen que adeudan a los trabajadores demandantes los días y montos por concepto de Bono de Alimento como a continuación se relacionan: ----------------------------------------------------------------------------
NOMBRE DIAS MONTO
Acuña Braulio 163 Bs.1.800.250,00
García Juan Carlos 238 Bs.1.613.700,00
SEGUNDO: Los trabajadores demandantes convienen en los días y montos antes mencionados. TERCERO: Las partes convienen y reconocen el presente acuerdo como único y definitivo, en cuanto a los intervinientes que suscriben la presente acta. CUARTO: La fecha, lugar y forma de pago de los montos a que hace referencia la presente acta, así como el acta de fecha 18-05-2004, serán establecidos en las próximas oportunidades en que se realice la continuación de la Audiencia Preliminar. Visto los acuerdos surgidos de la mediación, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, los HOMOLOGA y por cuanto quedan pendiente otros aspectos que discutir, las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para las dos (02:00 p.m) horas de la tarde, del quinto (5°) día de despacho posterior a la presente fecha, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley..
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
SALAZAR JOSE
BRAULIO ACUÑA
JUAN CARLOS GARCIA
ANDRADE JESUS
KARINA YANEZ
MARTÍN EDUARDO CAMACHO OQUENDO
LA SECRETARIA.,
ABG. MILKARY DA SILVA
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