REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACION MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 26 de Mayo de Dos Mil Cuatro (2004).
Años y Federación 194º y 145º
ACTA
EXPEDIENTE N °: WP11-S-2004-000001.
PARTE ACTORA: JEAN PIERRE JOSÉ GALLAMINI PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.888.049.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ORLANDO COLMENARES TABARES, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 44.292.
PARTE DEMANDADA: SERVIRAMPA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO JOSÉ RAMOS GASPAR, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 41.964, portador de la cédula de identidad Nro. 6.439.511.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
En el día de hoy, veintiséis (26) de MAyo de Dos Mil Cuatro (2004), siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), día y hora fijada por este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron al presente acto: los ciudadanos JEAN PIERRE JOSÉ GALLAMINI PÉREZ en su condición de parte actora, debidamente asistido por el profesional del derecho ORLANDO COLMENARES TABARES, igualmente compareció el ciudadano ANTONIO JOSÉ RAMOS GASPAR, todos plenamente identificados en autos. Se deja constancia que la parte actora de manera voluntaria desiste del presente procedimiento y de la acción lo cual es convenido por la parte demandada; desistiendo las partes de las costas procesales. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PÚBLÍQUESE Y RESGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO.
LAS PARTES COMPARECIENTES:
PARTE ACTORA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA F. GUTIÉRREZ.
Exp: WP1-S-2004-000001.
CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
GR/MFG/Pierina.
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