REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de
Primera Instancia del Trabajo

Maiquetía, 05 de Mayo de Dos Mil Cuatro (2004).
Años y Federación 193 º y 145 º

ACTA

DE EXPEDIENTE N °: WH11-L-2004-000027.
PARTE ACTORA: JIMENEZ ANGEL RAÚL, MARCANO DE LABORI BEATRIZ DEL VALLE, JIMENEZ GONZÁLEZ ALEXIS GREGORIO Y OTROS.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: OMAR ENRIQUE MARCANO MILLAN Y WLADIMIR OSCAR ORTEGA GALARRAGA, Abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 44.132 Y 29.706 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VARGAS, ESTADO VARGAS.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: ARMANDO VALDIVIESO en su carácter de SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VARGAS ESTADO VARGAS, Abogado e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.4190.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, cinco (05) de Mayo de Dos Mil Cuatro (2004), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijada por este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, para que tenga lugar la Audiencia Preliminar comparecieron: los ciudadanos: JIMENEZ ANGEL RAÚL, MARCANO DE LABORI BEATRIZ DEL VALLE, JIMENEZ GONZÁLEZ ALEXIS GREGORIO, titulares de la Cédula de Identidad Nros.2.968.688, 4.817.335 y 6.494.445 respectivamente, en sus carácteres de demandantes, los profesionales del derecho OMAR ENRIQUE MARCANO MILLAN Y WLADIMIR OSCAR ORTEGA GALARRAGA, Apoderados Judiciales de la parte actora, el profesional del derecho ARMANDO VALDIVIESO en su carácter de SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VARGAS ESTADO VARGAS, dándose así inicio a la Audiencia. La parte actora consignó escrito de pruebas constante de Seis (06) folios útiles, acompañada de anexos marcados del "1" al "7", la parte demandada consignó escrito de pruebas constante cuatro (04) folios útiles, acompañado de anexos señalados con las letras "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G". Ahora bien, el ciudadano LUIS SALAZAR titular de la cédula de identidad N° 5.092.132, en su carácter de actor no hizo acto de presencia y no consta en autos que le haya conferido Poder a los profesionales del derecho OMAR ENRIQUE MARCANO MILLAN Y WLADIMIR OSCAR ORTEGA GALARRAGA, y por cuanto se constato que por error involuntario el mismo fue consignado en el expediente N° WH11-L-2004-000023, en la pieza Nº 2, folio Nº 6, este Tribunal le concede tres (3) días hábiles, a los fines de que consigne el Poder a los autos que conforman el presente expediente, caso contrario se tomará como desistido y terminado el procedimiento intentado por el referido ciudadano, se deja expresa constancia que la parte demandada estuvo conforme con lo anteriormente dicho. Asimismo, las partes conjuntamente con el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el vigésimo (20mo) día hábil siguiente a la presente fecha, a las dos de la tarde (2:00 p.m.), de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Se deja constancia, de la no comparecencia de LOS SIGUIENTES ACTORES: DAVID FREITES, JOSÉ LIENDO, LUIS PACHECO Y PEDRO PÉREZ, TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nros. 1.412.057, 2.459.461, 3.610.698 Y 1.449.385 RESPECTIVAMENTE. EN VIRTUD DE LA NO COMPARECENCIA DE LOS ACTORES ANTES REFERIDO, ESTE TRIBUNAL CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO INTENTADO POR LOS MISMOS.
EL JUEZ.

DR. GUSTAVO ROMERO
LOS COMPARECIENTES:



PARTE ACTORA




APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA



SINDICO PROCURADOR DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VARGAS





LA SECRETARIA


ABOGADA MARÍA GUTIERREZ
Expediente: WH11-L-2004-000027
GR/MG/pierina.