REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 18 de Noviembre de 2004.
194° y 145°
Vista la diligencia suscrita por la por la Abogado SAMIRA CHEJÍN SPERANDÍO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.628, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora mediante la cual solicita que se desestime el escrito de pruebas de la parte demandada, por considerar que el mismo es Extemporáneo, y por cuanto del cómputo que antecede se evidencia que efectivamente se cumplieron a cabalidad los lapsos procesales establecidos en nuestro ordenamiento jurídico, para el acto de la Contestación de la Demanda y por ende para la promoción de pruebas de las partes intervinientes en el presente proceso, éste Tribunal NIEGA dicha Solicitud por ser IMPROCEDENTE. Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 5877.