REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 25 de noviembre de 2004
194° y 145°
Estando en la oportunidad legal para dictar sentencia y por cuanto de la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que al folio cuatro corre inserta la copia certificada del Acta de Matrimonio celebrado en fecha 20 de marzo de 1989, por los ciudadanos ANGEL GARCIA y AURA CAPOTE, y en su renglón doce (12), se observa enmendado manualmente el número de cédula de identidad de ANGEL GARCIA, el Tribunal a los fines de dictar Sentencia insta a los solicitantes a consignar nueva acta de matrimonio –SIN ENMIENDAS-, expedida por el funcionario competente para ello y una vez conste en autos las mismas, se proveerá lo conducente.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLORZANO.
LA SECRETARIA.
YASMILA PAREDES.
MS/yasmila
Exp. 5958/04