REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 03 de Noviembre de 2004.
194° y 145°
Vista la anterior demanda de DAÑO MATERIAL Y MORAL y los recaudos consignados, presentados por los abogados REINALDO GUIROLA TESTA E IVONNE VARGAS SIRIT, Inpreabogados Nros. 71.386 y 23.347, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana SYDNEY CENTENO GUERRERO, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.685.609, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo, en consecuencia, se emplaza a los demandados la Empresa SEGURO NUEVO MUNDO C.A, Inscrita en el Registro Mercantil Primero Décimo del Distrito Federal y del Estado Miranda, bajo el Nº 32, Tomo 2-A Pro de fecha11 de Junio de 1.956, con reforma el 13 de Enero de 1.998, inscrito bajo el Nº 9, Tomo 6-A Pro y última reforma de fecha 25 de marzo de 2004, bajo el Nº 59, Tomo 4-6 Pro, y al Dr. RAFAEL VALENTIN MAESTRI, de nacionalidad Chilena, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 82.256.739, en su condición de Vicepresidente Ejecutivo de dicha compañía, para que comparezca por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que den contestación a la demanda. Compulsese el libelo de la demanda y con su orden de comparecencia al pie entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación. Dicha compulsa se librará una vez conste autos los fotostatos respectivos..
LA JUEZ,

DRA MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA

IRIS FAJARDO
MS/IF/ys.
Expediente Nº 6020.