REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 30 de Noviembre de 2004.
194° y 145°

Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, presentado por el ciudadano FREDDY HERNANDEZ, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.609.832, debidamente asistido por la abogada ROSIEL CALDERON A., Inpreabogado Nº 63.129, el Tribunal observa:
Alega la presentante lo siguiente: “ ante usted y con el debido respeto y acatamiento acudo para exponer: en un lote de terreno, el cual mide aproximadamente doscientos veinte metros (220 mts) de frente y doscientos cincuenta metros (250 mts) de fondo ubicado en Sector San José de galipan, casa sin numero, Parroquia Macuto, Estado Vargas, he construido a mis propias expensas y con dinero proveniente de mi exclusivo peculio, una bienhechuria (vivienda familiar).

Ahora bien, por cuanto se evidencia que el sector donde se pretende evacuar el presente justificativo corresponde a zona protección y conservación del Parque Nacional el Avila, el Tribunal niega su evacuación. Asi se decide.
LA JUEZ,


DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA

YASMILA PAREDES.

MS/YP/ys.
Expediente Nº 907-04.-