REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCEN
ACTA DE INHIBICION
En la ciudad de San Cristóbal, hoy veintitrés de noviembre de dos mil cuatro, presente en este Despacho la abogada AURA MARIA OCHOA ARELLANO, con el carácter de Juez Temporal del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, expuso: “ME INHIBO de conocer la presente causa con fundamento en el ordinal 19º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En efecto, el día 2 de diciembre de 2002, el abogado Jesús Alfonso Vivas Terán, quien actúa en este juicio como coapoderado judicial de la parte demandada, ciudadana Ana Orfelina de Vega, presentó escrito en el expediente N° 4550 de la nomenclatura de este Tribunal, en el cual emitió conceptos ofensivos en mi contra, los cuales atentan contra la dignidad de la magistratura, razón por la cual considero procedente mi inhibición. Anexo copia certificada del referido escrito. Se dejan transcurrir dos días de despacho, para que las partes manifiesten su allanamiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Procedimiento Civil. Es todo.”
La Juez Temporal,
Aura María Ochoa Arellano.
Exp. Nº 5195