REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.-
Por auto de fecha 28 de Julio de 2004, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha por la ciudadana FANY XIOMARA FERNÁNDEZ TORRES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de la cédula de identidad Nº V-5.672.729, asistida por el Abogado Benigno Ali Chacón García, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 83.564, en la que solicita se rectifique el error cometido en la Partida de Nacimiento Nº 385, inserta por ante la Prefectura de la Parroquia San Sebastian del Estado Táchira, de fecha 29 de Marzo de 1.962, en el sentido de que en dicha partida de nacimiento aparece incorrectamente PRIMERO: el nombre de la madre “ANA TORRES” siendo lo correcto “HERMINDA TORRES”, SEGUNDO: aparece incorrectamente la nacionalidad de la madre “VENEZOLANA” siendo para ese momento de nacionalidad “COLOMBIANA” se ordena la publicacion del Edicto en un Diario de mayor circulación de la ciudad de Caracas, y notificar al Fiscal XIII.-----------------------------------------------------------------------------
Con la solicitud fue acompañado: Partida de Nacimiento N° 385 de la solicitante expedida por la Prefectura de la Parroquia San Sebastian del Estado Táchira, copia certificada de Acta de Bautismo de la madre de la solicitante expedida por la Arquidiocesis de Nueva Pamplona, copia de la cedula de identidad actual de la madre de la solicitante.-------------------------------
En fecha 12 de Agosto de 2004, fue notificado el Fiscal XIII.-----------
En fecha 29 de Septiembre de 2004, fue consignado el ejemplar del Diario El Nacional donde aparece el Edicto ordenado, el cual fue agregado la pagina a los autos de este expediente en auto de fecha 30 de Septiembre de 2004.-----------------------------------------------------------------------------
Cumplidas las formalidades legales con el examen de los documentos ya
relacionados, la Juez llega a la conclusión de que se trata efectivamente de un error material cometido en la Partida de Nacimiento de la ciudadana FANY XIOMARA FERNÁNDEZ TORRES, por lo que la presente solicitud de rectificación de error material de la Partida de Nacimiento es procedente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.------------------------------------------------------------------------------
Por los motivos expuetos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En consecuencia la Partida de Nacimiento Nº 385 inserta por ante la Prefectura de la Parroquia San Sebastian del Estado Táchira, de fecha 29 de Marzo de 1.962, queda rectificada de la siguiente manera: en el sentido de que el nombre correcto de la madre es “HERMINDA TORRES” y no incorrectamente como aparece “ANA TORRES”, la nacionalidad de la madre siendo para ese momento es “COLOMBIANA” y no como incorrectamente aparece de nacionalidad “VENEZOLANA”.-----------------------------------------------------------------
Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante la Prefectura antes mencionada y por el Registro Principal del Estado Táchira a fin de que sea estámpada la corespondiente nota marginal.----------------------------------------------------
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-------------------------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los once días del mes de Noviembre del dos mil cuatro. AÑOS 194º de la Independncia y 145º de la Federación.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
Romy Madeleine Muñoz
Secretaria Temporal
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo la diez de la mañana y se dejó copia certificada para el archivo delTribunal.-
Romy madeleine Muñoz
Secretaria Temporal
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