San Cristóbal, 08 de noviembre del año 2.004
194º y 145º
Vista la solicitud de esterilización formulada por la ciudadana: LILIANA CIFUENTES DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.676.702, en su carácter de Directora de la Fundación el Sembrador, en la que pide autorización para esterilizar a la adolescente MARIA KARINA PINZON CABALLEROS, venezolano, de 17 años de edad titular de la cédula de identidad Nº V-17.503.556, por cuanto la mencionada adolescente tiene dos hijos de dos años y medio y un año y se encuentra en el 8º mes de su tercer embarazo, además padece epilepsia. Se admitió y se acordó oír a la directora de la casa hogar declaración esta que consta al folio Nº 5 y notificar al fiscal del Ministerio Público notificación. Por todo lo anteriormente expuesto y visto el carácter de urgencia con que se hizo la presente solicitud , es por lo que esta Jueza Suplente Especial de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente a la adolescente: MARIA KARINA PINZON CABALLERO, venezolana, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.503.556, para que se le practique ESTERILIZACIÓN. Expídase copia certificada para el archivo del Tribunal e interesado. Cúmplase.

Abog. DIANA BEATRIZ CARRERO
JUEZA SUPLENTE ESPECIAL UNIPERSONAL Nº 01

Abog. DIANA ESPINOSA
SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo acordado.

La Sria.


Exp. 32.305/DBC/nerza
Autorización de Esterilización.