REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO
Cumplido como ha sido con todo lo ordenado por este Tribunal, estando suficientemente probado el nacimiento del niño ALEJANDRO JOSE, en el territorio de la República, tal y como se desprende del certificado de nacimiento expedida por el Hospital “Padre Justo Arias” de Rubio, la cual corre inserta al folio cuatro -04- del presente expediente, y posteriormente ratificada. En consecuencia, en garantía de sus derechos consagrados en los artículos 16, 17, 18 y 19 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y la Supremacía de los Derechos humanos consagradas en el artículo 19 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siendo un deber ineludible de la administración de justicia; y de conformidad con las atribuciones conferidas a esta Sala según lo señalado en el artículo 177 Parágrafo quinto y 676 ejusdem, por cuanto existe la omisión de la autoridad administrativa y de conformidad con el articulo 32 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quedando probado igualmente que el niño ALEJANDRO JOSE, es hijo de los ciudadanos LUIS JOSE LUNA CONTRERAS y ANA JORLEY MEDINA JAIMES, Colombiano y Venezolana, mayores de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 88.162.375 y titular de la cédula de Identidad N°. V.- 20.617.055 respectivamente; ahora bien, por cuanto la Administración de Justicia esta obligada a dar tutela judicial efectiva (artículo 26 de la Constitución), a garantizar los derechos de una manera expedita (artículo 257). Es por lo que, esta Juez Unipersonal Nro. 05 de la Sala de Juicio del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA A LA PREFECTURA DEL MUNICIPIO JUNIN DEL ESTADO TACHIRA, INSERTE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del niño ALEJANDRO JOSE LUNA MEDINA, quien nació el 29 de Enero del 2000, en el Hospital Padre Justo Arias de Rubio-, hijo de los ciudadanos LUIS JOSE LUNA CONTRERAS y ANA JORLEY MEDINA JAIMES, anteriormente identificados. Desglósese la original de la boleta de nacimiento.
Publíquese, regístrese déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, refrendada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los once días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
Abog. MILAGROS DEL VALLE ROJAS ARAQUE
JUEZA UNIPERSONAL Nro. 5.
Abg. KATIUSKA DUQUE BOHORQUEZ
SECRETARIA
En la misma fecha, se publicó, se firmó, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libró oficio Nro. 2119.-
La Secretaria,
Exp. Nro. 28075
Carolina B
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