REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO MUNICIPIOS CARDENAS-GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TARIBA.-

PARTE DEMANDANTE: Abogado en Ejercicio: JOSE SANABRIA PASTRAN, Apoderado Judicial de: ALFONSO AMAYA MANTILLA.
PARTE DEMANDADA: JORGE RINCON.
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
EXPEDIENTE N° 792-2000.

Admitida en fecha 27 de Abril de 2000, la presente causa, intentada por el Abogado en Ejercicio: JOSE SANABRIA PASTRAN, Apoderado Judicial de: ALFONSO AMAYA MANTILLA, en contra de JORGE RINCON, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, cuanto ha lugar en derecho, se ordeno la Citación de la parte demandada, y se decreto medida de Secuestro.
Y por cuanto éste Tribunal observa que no se agotaron las diligencias necesarias, para la continuación del proceso, y desde el día: 16 de Noviembre de 2.001, no se ha ejecutado ningún otro acto; éste Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, y levanta la medida decretada. Archívese el Expediente y remítase al Registro Principal. Así se decide.-
Regístrese y Publíquese y Déjese copia certificada para el archivo del tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello, en Táriba, siendo las Doce y Cuarenta y Cinco minutos de la tarde, del día QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CUATRO.- Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO:

ABG: LUISA MEDINA DE CHACON.

LA SECRETARIA.

ABG: MARISOL MALDONADO.-
En la misma fecha se cumple con lo ordenado, se publica la anterior Sentencia Interlocutoria, dejándose constancia en el Libro Diario y de Demandas Civiles, y se archiva el expediente constante de -15 - folios útiles con Cuaderno de medidas en -06- folios útiles.-
LA SECRETARIA.

ABG. MARISOL MALDONADO

P/Q.-