REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

GADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, doce (12) de noviembre de dos mil cuatro.
194º y 145º

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana EMELI ESPERANZA LEAL VIZCAYA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-14.349.933, en su carácter de madre de los niños KARLA YUSMEIDY Y SAUL ENRIQUE; mediante la cual desiste de la presente acción. Por cuanto tal manifestación no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, imparte su HOMOLOGACION, al desistimiento planteado; sin menoscabo al derecho que tiene la prenombrada ciudadana de solicitar nuevamente una acción por Obligación Alimentaria en Interés Superior de sus hijos y no teniendo más actuaciones que realizar, se ordena el archivo del presente expediente, una vez conste en autos la notificación del Fiscal del Ministerio Público competente. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. FANNY PÁEZ HERRERA
LA SECRETARIA

ABG. MAURIMA MOLINA

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió con lo ordenado.

Abg. MAURIMA MOLINA / Sria.

Exp. Nº 1104/2004
Lcm.