REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, miércoles diecisiete de noviembre de dos mil cuatro, siendo las 01:10 p.m, . se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con la Abogado en ejercicio ENILDA ROSA MARQUEZ CARIDAD, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.770, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana MARÍA DEL CARMEN GONZÁLEZ DE BUITRAGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.887.685, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede del Banco Provincial S.A., ubicado en la séptima avenida de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre el 50% del fondo que existe en la cuenta de ahorros N° 0108-0358-61-0200336965 del Banco Provincial, perteneciente al demandado JOSE BENIGNO BUITRAGO PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.525.145, medida ésta decretada en el juicio que por DIVORCIO se sigue en el expediente N° 15.381 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial ANIBAL LARAS, placa 2329. Se encuentra presente la ciudadana CARMEN LUISA ARIAS FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-10.164.469, en su carácter de gerente de esta entidad Bancaria, la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisiòn conferida por el Juzgado comitente, y requiere de la notificada la información correspondiente sobre los fondos existentes en la cuenta de ahorros N° 0108-0358-61-0200336965, quien una vez verificada en el sistema informa a, este Tribunal que la cuenta señalada tiene un saldo disponible de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON 23 CENTIMOS, (BS. 3.888.210,23). En este estado el Tribunal declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el 50% del saldo disponible existente en la referida cuenta, es decir la suma de UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCO BOLIVARES con 11 CÉNTIMOS (Bs. 1.944.105,11), y en consecuencia se declara su DESPOSESIÒN JURIDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y le ordena a la notificada la emisión del cheque de gerencia a nombre del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Táchira, por la suma embargada preventivamente . En este estado la Notificada le hace entrega al Tribunal el cheque de gerencia signado con el N° 00028163 por la suma de BS. 1.944.105,11, el cual se ordena agregar a la presente comisión. Asimismo se ordena expedir copia certificada de la presente acta y hacer entrega de la misma, a la notificada a los fines legales consiguientes. Es todo. No siendo más concluye el acto a las 02:00 p.m., y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. ENILDA ROSA MÁRQUEZ CARIDAD
LA NOTIFICADA,
CARMEN LUISA ARIAS FLORES
EL FUNCIONARIO POLICIAL
ANIBAL LARAS
LA SECRETARIA,
SOCORRO MORENO DE INFANTE.