REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, miércoles diecisiete de noviembre de dos mil cuatro, siendo las 03:20 PM. se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con la Abogado en ejercicio ENILDA ROSA MÁRQUEZ CARIDAD, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.770, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana MARÍA DEL CARMEN GONZÁLEZ DE BUITRAGO, titular de la cédula de identidad Nº V-2.887.685, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede del Club Táchira, ubicado en la calle 5, N° 7-16 de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre el 50% de las prestaciones que le corresponden al demandado JOSÉ BENIGNO BUITRAGO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-1.525.145, en el Club Táchira, medida ésta decretada en el juicio que por DIVORCIO se sigue en el expediente N° 15.381-2004 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial ANIBAL LARAS, placa 2329. Se encuentra presente la ciudadana MARLENY DEL ROSARIO BECERRA MÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.009.493, en su carácter de Administradora, la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisiòn conferida por el Juzgado Comitente, y requiere de la notificada la información sobre las prestaciones sociales que le corresponden al ciudadano JOSÉ BENIGNO BUITRAGO PÉREZ, ya identificado, en el Club Táchira, quien manifestó que el referido ciudadano se desempeña actualmente como mesonero de este club con un tiempo de servicio de (33) años aproximadamente, sin que hasta la fecha haya efectuado adelanto alguno de las prestaciones, igualmente informa la Notificada que el respectivo expediente del trabajador y demandado de autos no se encuentra en este momento en su poder. En este estado el Tribunal declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el 50% sobre las prestaciones sociales que le corresponden al demandado JOSÉ BENIGNO BUITRAGO PÉREZ en el Club Táchira, y en consecuencia declara su DESPOSESIÒN JURIDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y le ordena a la Notificada la expedición del correspondiente cheque de gerencia una vez que las prestaciones sociales del demandado se encuentren exigibles y disponibles, dicho cheque de gerencia deberá ser emitido a nombre del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En este estado se hizo presente el ciudadano JOSÉ BENIGNO BUITRAGO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-1.525.145 a quien el Tribunal le informó de la práctica de la presente medida de embargo preventivo, le impuso de que dispone de un lapso de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, este Tribunal acuerda expedir copia certificada de la presente acta y hacer entrega de la misma a la notificada, a los fines legales consiguientes. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 04:30 p.m., y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.
LA JUEZ PROVISORIO,

ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,

ABG. ENILDA ROSA MÁRQUEZ CARIDAD

EL FUNCIONARIO POLICIAL

ANIBAL LARAS

LA NOTIFICADA,
MARLENY BECERRA MÉNDEZ



EL NOTIFICADO Y DEMANDADO,

JOSE BENIGNO BUITRAGO PÉREZ (SE AUSENTO DEL LUGAR)

LA SECRETARIA,

HAYDEE SOCORRO MORENO.