REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL
JUEZ DE CONTROL:
ABG. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ.
IMPUTADO: DEFENSORA:
OSTOS CARVAJAL FREDDY GUSTAVO ABG. BETSABE MURILLO DE CASIQUE
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: SECRETARIO:
ABG. NANCY BOLÍVAR. ABG. DANIEL EDUARDO MOROS V
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En la Audiencia de hoy, jueves, 11 de noviembre de 2004, siendo las 10:00 de la mañana del día fijado para que tenga lugar en la presente causa la AUDIENCIA PRELIMAR de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la acusación presentada por la Fiscal 11º del Ministerio Público del Estado Táchira, abogado NANCY BOLÍVAR, contra el ciudadano FREDDY GUSTAVO OSTOS CARVAJAL, de nacionalidad venezolana, nacido en Caracas Distrito Capital, el 19/06/73, de 31 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N ° V-12.235.749 y residenciado en la Calle Venezuela, Sector E, San Josecito, Municipio Tórbes del Estado Táchira; por la presunta comisión del delito de posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.--------------------------------------------------------------------------------------------------
La Juez declaró abierto el acto y ordenó al secretario verificar la presencia de las partes, informando el mismo, que no se encuentra presente el Fiscal abogado Nancy Bolívar, verificándose la ausencia del imputado y su defensor.------------------------------------------------
Seguidamente, la Juez procedió a diferir la presente audiencia para el día 7/12/04 a las 9:30 de la mañana. Cítese. Se Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 11:30 de la mañana
ABG. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ
JUEZ DE CONTROL
ABG. NANCY BOLÍVAR
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO
ABG. DANIEL EDUARDO MOROS VELÁSQUEZ
SECRETARIO.