REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
18 de noviembre del 2.004
194º y 145º
De la revisión de la causa se observa que hasta la presente fecha, no se ha presentado ante este Tribunal el ciudadano (Reservado articulo 545 de la Lopna), a los fines de exponer alegatos y pruebas del cumplimiento de la medida impuesta la cual es Servicios a la Comunidad por el lapso de tres (03) meses, con una jornada semanal de Ocho (08) horas y Reglas de Conducta por el lapso de Seis (06) meses impuesta por el Tribunal de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes, en consecuencia este Juzgado en Función de Ejecución ordena LA CAPTURA del mencionado ciudadano (Reservado articulo 545 de la Lopna), de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente (LOPNA) Para tal fin se ordena Oficiar a la División de Inteligencia de la Dirección de Seguridad y Orden Público Zona Metropolitana (DIRSOP); al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (CICPC); a la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención del Estado (DISIP); a la Guardia Nacional, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a la Dirección de Seguridad y Orden Público de la Zona Metropolitana (DIRSOP), Una vez lograda la misma se sirva trasladarlo al Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes. Notifíquese a las Partes. Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal.
DR. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ
JUEZ TEMPORAL DE EJECUCION
ABG. ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES
SECRETARIA TEMPORAL