REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA



18 de Noviembre del 2.004
194º y 145º

Por cuanto se observa que los adolescentes (Reservado articulo 545 de la Lopna), fue citado por este Tribunal en fecha 08 de diciembre del 2.003, el cual hasta la presente fecha no se ha presentado a comprometerse por ante este tribunal, es por lo que a juicio de quien decide es procedente decretar la captura de los mencionados adolescentes (Reservado articulo 545 de la Lopna) y así se decide. En consecuencia, este Tribunal en Función de Ejecución ordena: LA CAPTURA de los mencionados adolescentes (Reservado articulo 545 de la Lopna), de conformidad con el articulo 617 de la Ley Orgánica para Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA) Para tal fin se ordena Oficiar Inspector jefe de la División de Inteligencia de la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira (DIRSOP); al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (CICPC); a la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención del Estado (DISIP); a la Guardia Nacional, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), Dirección de seguridad y orden público de la Zona Metropolitana (Dirsop).a fin de que sirva hacer efectiva la captura del los adolescente (Reservado articulo 545 de la Lopna) en cuestión, y sean trasladarlo a este Tribunal Notifíquese a las Partes.



DR. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ
JUEZ TEMPORAL DE EJECUCION



ABG. ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES
SECRETARIA TEMPORAL