REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 10 Noviembre de 2004
194° y 145°
Finalizada la audiencia oral realizada por este Tribunal en fecha 10 de Noviembre de 2004, en la causa seguida al ciudadano OSCAR JESÚS FIGUEROA HERNÁNDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, titular de la cédula de identidad N° 10.577.943, nacido el día 17 de Mayo de 1965, de 41 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Florencia de Figueroa (v) y Eduardo Figueroa(f), de profesión u oficio Chofer, Residenciado en Mare Abajo, Plaza Los Negros, casa S/N, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, este Juzgado Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, pasa de seguidas a fundamentar lo acordado en la referida audiencia de la siguiente forma:
Al ciudadano OSCAR JESÚS FIGUEROA HERNÁNDEZ, en fecha 01/02/2002, se le decretó la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por un lapso de DOS (02) AÑOZ, y se le impusieron las siguientes condiciones: PRIMERO: Residir en el lugar determinado. SEGUNDO: Abstenerse de consumir sustancias ilícitas, estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas. TERCERO: Permanecer en un trabajo o empleo. CUARTO: Someterse a la vigilancia que determine el Juez, es decir, presentarse cada treinta (30) días ante este Despacho. Por el lapso de dos (02) años.
SEGUNDO: El día 10 de Noviembre del año 20004, se celebró la audiencia oral de conformidad con el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas.
En consecuencia, este Juzgado Unipersonal Tercero de Juicio observa que efectivamente el acusado de autos cumplió cabalmente con las condiciones impuestas, por lo que procedente y ajustado a derecho en la presente causa es decretar EL SOBRESEIMIENTO de la misma a favor del ciudadano OSCAR JESÚS FIGUEROA HERNÁNDEZ, todo de conformidad con el numeral 7 del artículo 48 y numeral 3 del articulo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBERSEIMIENTO DE LA CAUSA al ciudadano OSCAR JESÚS FIGUEROA HERNÁNDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, titular de la cédula de identidad N° 10.577.943, nacido el día 17 de Mayo de 1965, de 41 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Florencia de Figueroa (v) y Eduardo Figueroa(f), de profesión u oficio Chofer, Residenciado en Mare Abajo, Plaza Los Negros, casa S/N, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, todo de conformidad con el numeral 7 del artículo 48 y numeral 3 del articulo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diaricese y déjese copia de la presente decisión
EL JUEZ,
DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN
LA SECRETARIA
ABG. YUMAIRA REQUENA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede
LA SECRETARIA
ABG. YUMAIRA REQUENA
ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2001-000223
ASUNTO ANTIGUO : 3U-824-04
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