REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 04 de Noviembre de 2004.
Años 194° y 145
Vista la transacción hecha por la Dra. LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, Apoderado de la parte actora, y la Dra. DESIREE ZAMBRANO YEPEZ, Apoderado de la parte demandada, en fecha 03 de Noviembre de 2004, inserto a los folios 39 al 42, este Tribunal a tales efectos observa:
Trata el presente caso de una Acción de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios, interpuesta por DOUGLAS JESUS BALDAM RIVAS, contra ALMACENADORA CARABALLEDA C.A.; la cual fue sentenciada en fecha 30 de Marzo de 2.004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de juicio del Regimen Procesal Tránsitorio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, que confirmo la sentencia dictada por éste Tribunal, que se encuentra definitivamente firme, cuya decisión ordenó una experticia complementaria de los montos condenados a pagar por la parte demandada, la cual se realizó tal como consta a los folios 27 al 31 del presente; en la cual dicha parte se basó para ofrecer pagar a la parte actora el monto respectivo, en consecuencia éste Tribunal considera la referida transacción como un cumplimiento voluntario a la mencionada sentencia, en razón de lo cual este Tribunal no tiene objeción que hacerle.
LA JUEZ,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ P. LA SECRETARIA,
Dra. LIRIO PADILLA F.