REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, primero (01) de noviembre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000171
PARTE ACTORA: JOSE HIDALGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 7.992.231.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARCOS HUMBERTO HERNANDEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.326
PARTE DEMANDADA: SERVIRAMPA, C.A., Inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y Estado Miranda Bajo el No. 105, Tomo 234 A del 11/12/1980.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS DE LUCA GARCIA y ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 49.476 y 41.964.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy lunes, primero (01) de noviembre del año dos mil cuatro (2004), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron a la misma los Ciudadanos JOSE HIDALGO, MARCOS HUMBERTO HERNANDEZ y CARLOS DE LUCA GARCIA, ya identificados. Celebrada la Audiencia, las partes han llegado a los siguientes acuerdos de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos: PRIMERO: Las partes han conciliado y reconocen como ciertas las cantidades que a favor del trabajador demandante, fueron originados de la relación laboral que los unió, como a continuación se relacionan: -------------------------------------------------------------------------
Salario Básico Diario: Bs. 7.533,28
Salario Integral Diario: Bs. 9.85,19
CONCEPTOS BOLIVARES
PRESTACION DE ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT 1.780.697,20
INDEMNIZACION POR ANTIGÜEDAD ART. 125 LOT 817.667,10
INDEMNIZACION SUSTITUTIVA DE PREAVISO ART. 125 LOT 545.111,40
SALARIOS CAIDOS 2.749.649,20
INTERESES SOBRE PRESTACION DE ANTIGUEDAD 606.875,10
TOTAL ASIGNACIONES 6.500.000,00

SEGUNDO: Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs.6.500.000,00), cantidad ésta que será pagada por la parte demandada SERVIRAMPA C.A., a favor del demandante ciudadano JOSE HIDALGO, mediante cheque de gerencia y por ante este Tribunal en fecha ocho (08) de noviembre de dos mil cuatro (2004).-------------
TERCERO: La parte demandante conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de demanda incluyendo, Honorarios Profesionales de Abogados, los cuales corren por cuenta de la accionante. Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, les han sido devueltas. --------------------------------------------------
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,


JOSE HIDALGO

MARCOS HUMBERTO HERNANDEZ

CARLOS DE LUCA GARCIA

LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
Exp. No. WP11-L-2004-000171.