REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, diecisiete (17) de noviembre de dos mil cuatro (2004)
194º y 145º
N° DE EXPEDIENTE: WP1-L-2004000302
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO MONASTERIO MAYORA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.162.891.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: WLADIMIR ORTEGA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 29.706.
PARTE DEMANDADA: ALQUILER DE TOLDOS Y SILLAS BAHIA SECA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO BESSON BELLORIN. Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 41.908.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.
En el día hábil de hoy miércoles, diecisiete (17) de noviembre del año dos mil cuatro (2004), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentran presentes los ciudadanos: JOSE GREGORIO MONASTERIO MAYORA y WLADIMIR ORTEGA, ya identificados, Siendo las diez y veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.). Se deja expresa constancia que la parte demandada no compareció a la presente Audiencia ni por si, ni por medio de su apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal, presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, declarando CON LUGAR la acción intentada por el demandante. En consecuencia, vista la complejidad del caso presentado, toda vez que se requiere de un análisis detallado de los conceptos demandados; este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha.
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
JOSE GREGORIO MONASTERIO MAYORA
WLADIMIR ORTEGA
LA SECRETARIA.,
ABG. RAFALMY BENITEZ Y.
Exp. No. WP1-L-2004-000302
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